Época: Décima Época
Registro: 2009760
Instancia: Tribunales
Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial
de la Federación
Publicación: viernes 14 de
agosto de 2015 10:05 h
Materia(s): (Laboral)
Tesis: XVI.2o.T.2 L (10a.)
HORAS EXTRAS. LA INVEROSIMILITUD
DE SU RECLAMO NO CONDUCE NECESARIAMENTE A LA ABSOLUCIÓN
DEL PATRÓN A SU PAGO.
En términos del artículo 784,
fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo, reformado mediante
decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012,
el reclamo de una jornada extraordinaria a la cual se le atribuya
inverosimilitud, no puede provocar que se absuelva por completo del pago de
horas extras al patrón. Ello, porque conforme al citado numeral, lo relativo a demostrar la duración de la jornada de trabajo es
divisible, de modo que, en su caso, sobre el incumplimiento del patrón respecto de
la carga procesal que le corresponde (acreditar que la jornada fue ordinaria, o
bien extraordinaria hasta por nueve horas a la semana), no trasciende a lo inverosímil
del reclamo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DÉCIMO
SEXTO CIRCUITO.
Amparo directo 854/2014. 16
de abril de 2015. Mayoría de votos. Disidente: Ángel Michel Sánchez. Ponente:
Celestino Miranda Vázquez. Secretario: Fidel Abando Sáenz.
Esta tesis se publicó el
viernes 14 de agosto de 2015 a las 10:05 horas en el Semanario Judicial de la
Federación.
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