Época: Décima Época
Registro: 2007940
Instancia: Segunda Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de
la Federación
Publicación: viernes 14 de
noviembre de 2014 09:20 h
Materia(s): (Laboral)
Tesis: 2a. CX/2014 (10a.)
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE
MÉXICO. LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO DE SUS PROFESORES E INVESTIGADORES DE CARRERA SE OBTIENE UNA VEZ QUE ADQUIERE FIRMEZA LA RESOLUCIÓN QUE DETERMINE GANADOR AL PARTICIPANTE DEL CONCURSO DE
OPOSICIÓN ABIERTO.
De los artículos 75, 77 y 106 del Estatuto del
Personal Académico de la Universidad Nacional Autónoma de México y
de las cláusulas
13 y 14 del Contrato Colectivo de Trabajo del Personal Académico al Servicio de
la Universidad Nacional Autónoma de México, se advierte que el concurso de
oposición abierto constituye un proceso que consta de dos instancias, al estar previsto
un recurso de revisión, mediante el cual se pretende garantizar la
legalidad del procedimiento de selección. Así, el resultado del concurso de
oposición abierto, a través del cual se determina al concursante ganador y que,
por tanto, ingresa como profesor o investigador de carrera, se define
mediante la resolución que adquiere firmeza, al concluir las dos
fases del procedimiento administrativo, momento a partir del cual la autoridad
administrativa debe ejecutar de inmediato los actos necesarios para su
cumplimiento, pues la firmeza de la resolución es indispensable para su
ejecución. En consecuencia, la estabilidad laboral se obtiene una vez que
adquiera firmeza la resolución que determine ganador al participante del
concurso de oposición abierto, es decir, hasta que se resuelve el recurso de revisión
previsto en la normativa aplicable o precluya el plazo para interponerlo.
SEGUNDA SALA
Amparo directo en revisión
2388/2013. Raúl Cándido Nieto García. Recurrente: Universidad Nacional Autónoma
de México. 22 de enero de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Ministros
Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz
Luna Ramos y Luis María Aguilar Morales. Disidente: Sergio A. Valls Hernández.
Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretaria: Laura Montes López.
Esta tesis se publicó el viernes
14 de noviembre de 2014 a las 09:20 horas en el Semanario Judicial de la
Federación.
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